El juez desinfla la estrategia del arzobispado de Madrid
No se aprecia la comisión de delitos
Ni estafa ni administración desleal
Personas cercanas al arzobispado
Después de tres años y medio de instrucción, mediante un auto razonado de 14 páginas el juez Javier Martín Borregón ha archivado la querella presentada por los gestores de las Fundaciones canónicas del arzobispado de Madrid contra David López Royo, Manuel Fernández Clemente y Antonio Naranjo acusados de administración desleal y de estafa en el caso de las Fundaciones.
El juez desinfla la estrategia del arzobispado de Madrid
Con este auto el juez desinfla la estrategia del arzobispado madrileño de responsabilizar a los antiguos gestores de estas fundaciones.
Los querellados López Royo, Fernández Clemente y Naranjo han ganado esta querella del Caso Fundaciones del arzobispado de Madrid. Más de tres años de demandas y querellas. Un pulso entre las fundaciones canónicas de la archidiócesis madrileña y el delegado Episcopal de las Fundaciones y sus colaboradores.
Religión Confidencial ha tenido acceso al auto del Juzgado de Instrucción número 24 de Madrid, cuyo magistrado es Javier Martín Borregón, auto firmado con fecha 12 de mayo de 2025.
Una instrucción de 14 páginas
En dicha instrucción de 14 páginas se dirime la querella interpuesta por las fundaciones del Buen Samaritano (cuyo presidente Delegado es Javier Lapastora Turpín), San Justo y Virgen de la Almudena (fundaciones canónicas pertenecientes al arzobispado de Madrid) contra los tres querellados por estafa y administración desleal de las citadas Fundaciones.
El magistrado Javier Martín Borregón exime de toda responsabilidad a los querellados, aquellos que estaban imputados o investigados por una supuesta trama financiera para enriquecerse, según las acusaciones de varias fundaciones canónicas.
No se aprecia la comisión de delitos
El texto del juez dice lo siguiente: “No aprecio suficientemente justificada la comisión de delitos de administración desleal y de estada (contrato simulado) por la razón de que los documentos se firman dentro de las competencias que tenía cada interviniente y para la protección de sus intereses”.
Como se recordará, hace casi siete años algunas fundaciones civiles y canónicas, cuyo patronato siempre está presidido por el arzobispo de Madrid (actualmente el cardenal José Cobo), acusaron de corrupción y estafa al delegado de fundaciones del arzobispado David López Royo (puesto por designación del cardenal Osoro) y a parte de su equipo (Naranjo y Fernández), delitos de los que se han defendido los implicados e investigados y cuyos casos están ahora en la Audiencia Provincial.
Cierre de la instrucción
La instrucción del juez del Juzgado número 24 de Madrid cierra así el procedimiento:
“No caben más prórrogas de la instrucción”, dice el auto, ya que no quedan diligencias que practicar y las testificales que se pretenden carecen de conexión funcional o derivadas de otras diligencias anteriores. “Por lo tanto, se debe cerrar la instrucción”, dice el juez.
Ante el cierre de la instrucción, la resolución que se debe adoptar “debe ser la de sobreseimiento provisional por no aparecer suficientemente justificada la perpetración de los delitos que se imputan”, señala el auto.
Cabe mencionar que los querellantes pueden recurrir el auto, aunque es preciso también destacar la solidez de la argumentación del juez.
Presunción de inocencia
El magistrado aclara que no se puede perder la perspectiva de “presunción de inocencia” ante la falta de prueba y que “la instrucción supone una aflicción para el que la sufre (pena de banquillo)”.
No hay que olvidar que este asunto ha causado graves perjuicios económicos, de reputación y de salud mental para los querellados.
El auto señala, por tanto, que la presunción de inocencia debe amparar a los investigados, máxime en este caso en que existe la duda de que el propio por entonces cardenal Osoro, hubiera ordenado o, cuando menos, sugerido las contrataciones que se hicieron, “empezando por David López Royo que era el delegado Episcopal de las fundaciones”.
Ni estafa ni administración desleal
Lo más destacado del auto es que el juez no aprecia delito de administración desleal pues no se acredita que actuaran excediéndose de las facultades que tenían.
Tampoco aprecia la estafa consistente en la simulación contractual. Los contratos se suscriben por quienes tienen facultades para ello, con el ánimo de proteger una extinción de la relación laboral o mercantil que, de no existir problemas, no tendría consecuencia alguna y se habría seguido desarrollando.
Lo que se imputa en la querella por las tres Fundaciones Canónicas del Arzobispado de Madrid es que los imputados firmaron entre ellos contratos y adendas, “estableciendo blindajes con cantidades económicas abusivas y desproporcionadas para generar un enriquecimiento ilícito ante la previsible resolución” de los mismos porque, se alega, ya había salido por la prensa que se había presentado otra querella por un asunto inmobiliario relacionado con otras fundaciones. Esta cuestión, según el juez, no tiene ninguna consistencia.
Javier Lapastora Turpín. Foto Línkedin.
Personas cercanas al arzobispado
Cabe recordar que las personas que defendían al arzobispado de Madrid en la denominada “trama fundaciones” eran el sacerdote Javier Belda (hoy secularizado y casado) y el abogado Aitor Canales.
En diciembre de 2023, el arzobispado de Madrid confirmó a Religión Confidencial que prescindía de los servicios de Aitor Canales, socio director de Canales & Asociados, y de su mano derecha, el entonces sacerdote Javier Belda. El motivo: disparidad de criterios en el caso fundaciones.
En su lugar, contrataron los servicios del bufete Baker McKenzie, cuyo letrado Jesús Santos, ex fiscal de la Audiencia Nacional.
Otra de las personas con gran influencia en las fundaciones canónicas es Javier Lapastora Turpín, miembro del Consejo de Asuntos Económicos de la Archidiócesis, uno de los autores del Informe de Price Waterhouse Coopers denominado “Mejora del proceso de gestión de las fundaciones en la Archidiócesis de Madrid” de febrero de 2017, presidente Delegado de la Fundación Buen Samaritano y presidente de la Fundación Instituto San José, que “tengo el honor de presidir por delegación del cardenal Cobo”, como asegura en su Linkedin.
Queda esperar si con esta instrucción se da por finalizada el proceso judicial y se repara la reputación de los querellados.
En este enlace se puede leer el auto completo.