El pasado 3 de marzo, se hacía pública la decisión del obispo de Teruel, José Antonio Satué Huerto, en su calidad de Delegado de la Santa Sede para el procedimiento canónico administrativo penal de las acusaciones de Juan Cuatrecasas contra el exprofesor del Colegio Gaztelueta, José María Martínez Sanz.
La decisión de este proceso, cuya naturaleza jurídica está siendo muy debatida en ámbitos del Derecho Canónico, fue decretar la expulsión de Martínez Sanz del Opus Dei, institución a la que el profesor pertenece.
Martínez Sanz hizo público ese mismo día que había pedido al prelado del Opus Dei, Fernando Ocáriz, la salida del Opus Dei. Fuentes cercanas al exprofesor de Gaztelueta consultadas por Religión Confidencial señalan que todavía no ha recibido la contestación del prelado del Opus Dei a su carta.
Sesenta días para recurrir
El decreto lleva fecha del 17 de diciembre de 2024, pero en un “Decreta” final se especifica una diligencia en la que se dice que, “con cierto retraso, el 2 de marzo de 2025, cuando el delegado ha podido liberarse de otras obligaciones no delegables e inaplazables, se notifica el Decreto a las respectivas Letradas del Sr. José María Martínez Sanz y del Sr. Juan Cuatrecasas Cuevas, por correo electrónico y por correo postal certificado. Asimismo se informa al santo Padre y al Prelado del Opus Dei”.
En la fecha del 2 de marzo, el papa Francisco se encontraba en el hospital Gemelli por causa de una enfermedad que aún hoy le mantiene en ese hospital.
A partir de la fecha de comunicación del Decreto a las partes, el exprofesor de Gaztelueta tiene 60 días para presentar un recurso ante la Signatura Apostólica. Tribunal de última instancia vaticana para el que fue nombrado el arzobispo de Barcelona, cardenal Juan José Omella, por el Papa Francisco.
Fuentes de la Conferencia Episcopal han asegurado a Religión Confidencial que el cardenal Omella había renunciado a ese nombramiento a posteriori.
La expulsión no es efectiva
Hasta que se cumplan los sesenta días que hay de plazo para poder recurrir, la expulsión del Opus Dei de José María Martínez no es efectiva.
Según ha podido saber Religión Confidencial, de fuentes cercanas al profesor, la decisión de Satué, junto con todo lo ocurrido en el proceso penal, está suponiendo un calvario tanto para José María Martínez como para su familia. Sobre todo por la sensación de que, se presenten las pruebas de que se presenten, la sentencia sobre este caso está decidida de antemano. La búsqueda de la justicia, incluso en la Iglesia, no siempre va en paralelo a la aplicación del derecho.
Muchas personas del entorno de José María Sanz están enviándole mensajes para que siga en su empeño de luchar por la Justicia y agote todas las vías procesales posibles contra lo dictado en el decreto de monseñor Satué.
El catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad Complutense Rafael Palomino, en su cuenta de Linkedin, ha publicado el siguiente mensaje: “¿Se conocerá pronto el texto íntegro de la “cosa esa”( no la puedo llamar sentencia ni a su redactor juez), o habrá que esperar dos siglos a la apertura de los archivos vaticanos? El derecho canónico va camino de convertirse en la antítesis de la justicia, en el hazmerreír de los juristas, en el insulto más aberrante a la razón”.
Mons. José Antonio Satué con Francisco.
El proceso contra Satué sigue
Mientras, el proceso civil instado en el Juzgado número 9 de primera instancia de Pamplona, por el exprofesor de Gaztelueta contra el obispo delegado José Antonio Satué Huerto, continúa adelante, pese a la estrategia procesal de monseñor Satué de ralentizar al máximo la actuación judicial. Entre otras razones, por la imposibilidad del juez de recibir la documentación solicitada al obispo de Teruel.
Monseñor Satué no ha remitido al juez la documentación del proceso canónico administrativo que se la había solicitado, con el argumento de que el notario, el sacerdote José Luis Perucha, no tenía la documentación dado que ya se había remitido a Roma.
En la contestación al juez del sacerdote José Luis Perucha, el 27 de diciembre, éste dejaba constancia de que ya se había emitido el Decreto conclusivo del proceso administrativo penal con fecha 17 de diciembre de 2024. Pero esa documentación, dice la parte, no obra en su poder. Está en Roma. Y es Roma quien tiene que remitírsela al juez.